lunes, 7 de marzo de 2016

Coto abierto

Problemática de la fauna silvestre con actividades humanas.

Hoy Fabián Bejarano, ingeniero de montes de la empresa Gesytec Ingenieros, nos expone datos estadísticos y legislación, acerca del impacto de la fauna silvestre en la salud pública, los daños directos en la agricultura y ganadería, y los accidentes de tráfico.

Los cambios registrados en las actividades humanas (expansión e intensificación de actividades) y en el medio ambiente (protección legal y en las dinámicas de poblaciones de especies animales) están provocando la agudización de algunos escenarios de interacciones de estas especies con la acción humana.

Es un tema muy amplio y de gran calado por la gran diversidad de acciones humanas que influyen en el medio y por tanto, que chocan en distinto grado con la fauna silvestre. De las interacciones destaca el impacto en la salud pública, donde los animales, y muy particularmente la fauna silvestre, se consideran la fuente de más del 70% de todas las enfermedades emergentes.

Macho montés con sarna
Dada la relevancia en este tema y a las numerosas emergencias sanitarias veterinarias que ha causado la fauna silvestre se ha creado un marco legislativo y un manual práctico de operaciones en el control de la enfermedades de la fauna silvestre de manera que permita tener establecidos los protocolos de organización y actuación de forma previa a la aparición de alguna de estas epizootias (por ejemplo la tuberculosis bovina en el jabalí).

Otro tema en el que haremos una breve reseña es en la multitud de daños directos sufridos en la agricultura y ganadería. No hay estimación de las pérdidas en producción en estos sectores, pero es de todos bien conocido la gran cantidad de daños que ocasiona la fauna silvestre en el sector primario por la gran interrelación que guarda con el medio natural.

Desastre en la cosecha de maíz
A la hora de plantear soluciones a estas interacciones hay que tener en cuenta la normativa de protección de los animales silvestres, en particular, el artículo 54 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que les confiere un régimen de protección general, por el que está prohibido darles muerte, capturarlos, perseguirlos o molestarlos. No obstante, el artículo 58 de la citada Ley 42/2007, establece las condiciones en virtud de las cuales puede exceptuarse el régimen de protección contemplado en el artículo 54. Las autorizaciones excepcionales pueden concederse únicamente si se demuestra que no existen otras soluciones satisfactorias a la alteración del régimen de protección de las especies, y sin que ello suponga perjudicar el mantenimiento en un estado de conservación favorable de las poblaciones de que se trate.

Por último se hará una mención a los accidentes de tráfico. Según el Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, cada año se producen entre 15.000 y 20.000 accidentes por "irrupciones o atropellos de fauna silvestre en las vías de circulación". En un 61,7% de estos siniestros hay implicados animales de caza, en un 37,7% son protagonistas los animales domésticos y el restante 0,6% son provocados por aves.
Accidente

Hasta el 9 de mayo de 2014, la responsabilidad de este tipo de siniestros solía recaer en los propietarios de los cotos adyacentes o en la administración responsable de la vía si no se encontraba en condiciones o señalizada correctamente. Desde esa fecha, con la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, la responsabilidad recae habitualmente del lado del conductor.

Sin embargo, existen dos excepciones recogidas en la ley para poder eludir de esa responsabilidad al conductor:

  1. Que el atropello del animal sea como consecuencia directa de "una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes". En este supuesto, el responsable será el titular del aprovechamiento cinegético o el propietario del terreno.
  2. Que el accidente se haya producido "como consecuencia de no haber reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentabilidad por colisión de vehículos con los mismos". En este caso, la responsabilidad sería del titular de la vía.

Dejando a un lado la responsabilidad del accidente hay que destacar el afán o la búsqueda para encontrar un método para disminuir el número de accidentes. Es muy difícil erradicar esta lacra, pero desde luego que la correcta aplicación de medidas correctoras en las infraestructuras reduciría su impacto. Ante la imposibilidad de aplicar estas medidas en las redes secundarias (donde se produce la mayor parte de accidentes) se buscan métodos que eviten el paso de los animales, como es la señalización de los márgenes de la carretera con de orina de lobo.

Esta original acción, sin saber su resultado, deja una clara evidencia: la necesidad de establecer una buena planificación de la actividad humana y su impacto en el medio para mejorar la convivencia entre el hombre y la fauna silvestre. 



Fabián Bejarano para www.territoriocinegetico.com